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Identificador: 2015122018501400364
Estimado: Sí
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Fecha de actualización: 15/10/2020
Escrito de demanda de ejecución de una deuda reconocida en escritura pública. Actuación en beneficio de comunidad hereditaria y de bienes. Petición de embargo de bienes.
“Como consecuencia de la entrega que se formaliza en la presente escritura, queda pendiente de entrega por parte de la entidad S.L. a Doña , y Don y Doña , la suma de euros, según lo pactado en la referida permuta”.
La permuta a la que se refiere la cláusula trascrita no es otra que la formalizada entre las mismas partes mediante escritura pública autorizada por el mismo Notario el (nº de su protocolo), y en virtud de la cual mi representado, junto con su hermana y su madre Doña , entregaron en permuta a la entidad demandada un solar a cambio de la percepción de una vivienda y de una suma de dinero con la que compensar la diferencia de valor habida entre los inmuebles permutados.
Recibida la mayor parte de esta suma en el año y producida la entrega de la vivienda mediante la escritura de , resta tan solo por percibir el importe de que S.L. reconoce adeudar en su estipulación segunda.
Demanda para hacer valer la fuerza ejecutiva de la primera copia de una escritura pública donde se reconoce la deuda. Medidas concretas de ejecución: embargo de inmuebles. Estimada, se despachó ejecución.
Ejecución de titulo no judicial: escritura pública.
Reconocimiento de deuda.
Actuación en beneficio de comunidad hereditaria y de bienes.
Medidas de ejecución: embargo de bienes.
Naranjo Torres, Manuel
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Naranjo Torres, Manuel
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Naranjo Torres, Manuel
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