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Togados - Formulario de Demanda incidental concursal planteada por la propia concursada al amparo del artículo 61.2 Ley Concursal solicitando la resolución de dos contratos de compraventa celebrados en su día con un promotor

Demanda incidental concursal planteada por la propia concursada al amparo del artículo 61.2 Ley Concursal solicitando la resolución de dos contratos de compraventa celebrados en su día con un promotor

Identificador: 2013082417184500052

Estimado: Sí
Formato Word, 14 páginas
Fecha de actualización: 19/09/2020

Descripción del formulario

Estrategia: La sociedad compradora de dos viviendas solicita el concurso voluntario y dentro del concurso plantea un incidente concursal al amparo del art 61.2 de la Ley Concursal. Este escrito forma parte de una estrategia procesal diseñada para dar solución a un grave problema jurídico, cual es, cómo puede el comprador, que ha comprado una vivienda pero no ha pagado varios de los plazos del precio, y por tanto que no ha cumplido con principal obligación, resolver el contrato de compraventa, pues como es sabido la regla general en nuestro Derecho es que sólo puede pedir la resolución contractual la parte que ha cumplido con sus obligaciones contractuales, no la parte incumplidora. El concurso, dadas las circunstancias del caso, fue la única forma de dar solución a este problema, solicitando en su seno el comprador-concursado la resolución contractual por interés del concurso al amparo del art. 61.2 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. El incidente tuvo éxito y la concursada obtuvo la devolución de la mayor parte de las cantidades entregadas a la promotora. Asunto: La propia concursada, que había comprado sobre plano dos viviendas y que llegado el momento de escriturar y subrogarse en la hipoteca no puede hacer frente a ese pago, solicita concurso voluntario y, en su seno, formula esta demanda incidental al amparo del apartado 2 del artículo 61 de la Ley Concursal pretendiendo la resolución de ambos contratos de compraventa y la devolución de la práctica totalidad de las cantidades entregadas en su día por ella a cuenta del precio. Causa de pedir: La resolución contractual interesa al concurso, toda vez que es la única forma de dar viabilidad a la empresa y, sobre todo, de poner punto y final al procedimiento concursal pues la concursada obtendría la necesaria liquidez como para satisfacer al resto de acreedores.

"Procedimiento: concurso ordinario nº [Nº AUTOS]
Incidente concursal nº [Nº INCIDENTE]


AL JUZGADO DE DE LO MERCANTIL DE [PROVINCIA]

(...)
Que nos ha sido notificada providencia de este Juzgado dándosenos trámite para deducir demanda incidental según lo prevenido en el art. 61.2 in fine de la Ley Concursal 22/2003, de 9 de julio.

Que por medio del presente escrito, y al amparo de los art. 61.2 de la citada Ley Concursal, en relación con lo dispuesto en el art. 194 del mismo Texto legal, interpongo DEMANDA INCIDENTAL contra la mercantil [PROMOTORA VENDEDORA Y ACREEDOR] con domicilio social en [CIUDAD, CALLE y Nº], personada en las presentes actuaciones, en ejercicio de la acción de resolución de los dos contratos de compraventa celebrados entre dicha mercantil demandada y mi representada con fecha [FECHA], y todo ello en base a los siguientes:

HECHOS
(...)
(...)
(...)".

Importante para aquellas sociedades compradoras de vivienda, que han pagado parte del precio pero que no pueden terminar de pagar y han incumplido el pago del resto del precio, para que puedan resolver el contrato de compraventa y recuperar su dinero. Demanda muy exhaustiva. Como decimos, su importancia radica en ser la única vía para que la parte compradora, a pesar de ser la incumplidora por no haber pagado el total precio de la compraventa, pueda resolver los dos contratos de compraventa de vivienda, terminando así con la relación contractual que le ligaba con la promotora, y recuperar gran parte de las cantidades entregadas a cuenta del precio de la compraventa. Obligó a utilizar esta vía el hecho de que extrajudicialmente la promotora no dio ninguna solución al comprador, no le devolvió las cantidades entregadas por éste a cuenta, y exigía el cumplimiento de los contratos de compraventa (algo imposible para el comprador), reteniendo mientras tanto las cantidades recibidas en su día a cuenta del precio y esperando a que los intereses siguieran corriendo a su favor. Frente a la estrategia de la promotora de no dar por resuelto los contratos y exigir su cumplimiento -totalmente perniciosa para el comprador ya que mientras se queda sin vivienda, sin las cantidades entregadas a cuenta, sigue debiendo la parte del precio no pagada y ve cómo los intereses siguen corriendo en su contra- la única alternativa jurídica para el comprador-incumplidor la otorga -ante la falta de previsión de esta circunstancia en el contrato- el concurso de acreedores en el apartado 2 del artículo 61 de la Ley Concursal.

El escrito solicitando el concurso voluntario del comprador obra en la base de Formularios Reales de Togados con referencia nº 2013082414100200052 y con el título "Escrito solicitando concurso voluntario por insolvencia inminente".

Encabezamiento
Hechos
Fundamentos de Derecho (procesales y materiales)
Suplico
Otrosí Digo

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