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Togados - Formulario de Contestación a la demanda en un Incidente Común de calificación de créditos con allanamiento parcial

Contestación a la demanda en un Incidente Común de calificación de créditos con allanamiento parcial

Identificador: 2013091119383100054

Estimado: Sí
Formato Word, 7 páginas
Fecha de actualización: 15/10/2020

Descripción del formulario

Contestación a la demanda incidental por la que una entidad bancaria pide a la administración concursal que modifique la calificación dada a tres de sus créditos para ser reconocidos como ordinarios en lugar de contingentes. Dos de los créditos surgen de pólizas de préstamo en el que la concursada interviene como diadora solidaria. En el restante la concursada estaba vinculada por un contrato de aval.

"AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Y DE LO MERCANTIL DE (LOCALIDAD)

(...)

H E C H O S

PRIMERO.- (EL ACREEDOR DEMANDANTE INCIDENTAL) impugna la calificación como contingentes ordinarios de tres de los créditos reconocidos por la Administración Concursal. Éstos son los correspondientes a 1) la póliza de préstamo nº (Nº DE PÓLIZA 1), en la que la empresa concursada interviene como fiadora solidaria, que solicita sea calificado como ordinario por un importe de (X) euros, 2) la póliza de préstamo nº (Nº DE PÓLIZA 2), en la que la empresa concursada interviene como fiadora solidaria, que solicita sea calificado como ordinario por un importe de (X) euros, y 3) el aval nº (Nº DE AVAL) en el que se solicita se califique como ordinario, por pago a los beneficiarios previa reclamación de los mismos, un crédito por (X) euros, otro crédito con un importe de (X) euros por las comisiones de aval impagadas, gastos de reclamación y demoras, y respecto de la cantidad restante se mantenga la calificación de ordinario contingente al no haber sido reclamada al día de la fecha por el beneficiario.

SEGUNDO.- Respecto de los dos créditos relativos a pólizas de préstamo en las que (LA EMPRESA CONCURSADA) interviene como fiador solidario el demandante afirma que contemplan obligaciones vencidas e impagadas.
La fecha de vencimiento de las correspondientes obligaciones va a ser la que determine si el crédito afectado tuvo que ser incluido en la Lista de Acreedores con la calificación de contingente o de ordinario (...)."

La sentencia estima el allanamiento respecto de uno de los créditos provenientes del afianzamiento solidario y desestima la oposición respecto del otro ya que está vencido después de la fecha de la declaración del concurso pero antes del momento en que se contesta al incidente, por lo que ha de considerarse ordinario en los textos definitivos, según solicitaba la entidad bancaria. La oposición respecto de la calificación como ordinaria del crédito surgido del contrato de aval se estima por lo que el crédito mantiene la calificación de contingente que le dio la administración concursal.

Encabezamiento
Hechos
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Suplico
Otrosí

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