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Togados - Formulario de Recurso de reposición: frente a admisión de prueba testifical. Pertinencia y utilidad de los medios de prueba. Prueba innecesaria.

Recurso de reposición: frente a admisión de prueba testifical. Pertinencia y utilidad de los medios de prueba. Prueba innecesaria.

Identificador: 2013111119562300110

Estimado: Sí
Formato Word, 3 páginas
Fecha de actualización: 23/02/2017

Descripción del formulario

Se interpone recurso de reposición frente a una resolución del Juzgado, que admite la práctica de una prueba testifical, relativa a tres testigos, pertenecientes a la plantilla de la empresa, pero que desarrollan sus funciones en centros de trabajo de una comunidad autónoma distinta a la del centro de trabajo de la parte actora. Por tanto, desconocen absolutamente los hechos en los que se basa la demanda instante, y no tienen, en ningún caso, conocimiento directo de los mismos. Se basa el recurso en la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo, que establece que la prueba de testigos consiste en la declaración de una persona fidedigna y extraña al proceso, acerca de la verdad o falsedad de los hechos alegados, dudosos y controvertidos en el pleito y que ha presenciado u oído. Al no reunir las personas propuestas estos requisitos, la prueba propuesta es inútil e impertinente. Por otro lado, la parte actora ya había propuesto en su escrito inicial de demanda prueba testifical, por otros tres testigos, que sí habían desempeñado sus funciones en el mismo centro de trabajo, y tenido conocimiento de los hechos que se debaten. Dicha prueba fue admitida, motivo por el cual no se le causaba a la demandante ninguna indefensión. El recurso de reposición fue estimado por el Juzgado.

El Auto que a medio del presente se recurre admite la práctica de las pruebas interesadas por la parte actora, entre ellas, las testificales de Don [TESTIGO 1], Don [TESTIGO 2] y Don [TESTIGO 3]. No obstante, esta parte entiende que la admisión de dichas testificales infringe lo dispuesto en el artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, respecto de la pertinencia y utilidad de los medios de prueba, ya que los citados testigos propuestos no tienen conocimiento directo de los hechos que se debaten en el presente procedimiento y, por tanto, su testimonio no es decisivo ni relevante para la defensa de los intereses de la parte actora.

Conforme establece la doctrina jurisprudencial, la prueba de testigos consiste en la declaración de una persona fidedigna y extraña al proceso, acerca de la verdad o falsedad de los hechos alegados, dudosos y controvertidos en el pleito y que ha presenciado u oído, dándose en el procedimiento laboral la particularidad de que no pueden ser tachados y objetados, según previene el artículo 92.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, es decir, no son de aplicación los artículos concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En este sentido, es necesario señalar que Don [TESTIGO 1], Don [TESTIGO 2] y Don [TESTIGO 3] prestan sus servicios para mi representada en [COMUNIDAD AOTÓNOMA], concretamente Don [TESTIGO 1] y Don [TESTIGO 2] en la Base de [LOCALIDAD 1], y Don [TESTIGO 3] en la Base de [LOCALIDAD 2], mientras que la actora ha venido desempeñando sus funciones en la Base de [LOCALIDAD 3]; por ello, es claro que estas tres personas no pueden tener el necesario conocimiento directo de los hechos que se debaten, ni pueden contribuir con su testimonio a esclarecer los hechos controvertidos, en el sentido que exige la legislación procesal para la pertinencia y utilidad de la prueba testifical, careciendo el testimonio de estas personas de utilidad o relevancia a la hora de enjuiciar el debate jurídico planteado. De hecho, la inutilidad de la prueba admitida se deduce de la lectura de la demanda instante, en donde en ningún momento la parte actora cita a ninguna de estas tres personas en referencia a los hechos denunciados.

Este recurso de reposición es un escrito sencillo, pero condensa perfectamente la finalidad de la prueba testifical, así como la pertinencia y utilidad de los medios de prueba, en este caso concreto, la prueba testifical de personas que no tienen conocimiento directo de los hechos que se debaten en el pleito, y cuyo testimonio es inútil.