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Togados - Formulario de Impugnación de recurso de reposición frente a Auto que declara el archivo de actuaciones. Inactividad de parte.

Impugnación de recurso de reposición frente a Auto que declara el archivo de actuaciones. Inactividad de parte.

Identificador: 2013120312063800110

Estimado: Sí
Formato Word, 3 páginas
Fecha de actualización: 23/02/2017

Descripción del formulario

El Juzgado dicta Decreto de admisión a trámite de una demanda, y requiere al trabajador, conforme al artículo 81 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, a fin de que en el plazo de 15 días aporte el Acta de Conciliación previa. Transcurrido el plazo otorgado sin que el actor haya evacuado el requerimiento, el Juzgado dicta Auto, acordando el archivo el procedimiento. Paralelamente, la empresa demandada había solicitado la suspensión del señalamiento de los actos de conciliación y juicio. Frente a dicho Auto, la parte actora interpone recurso de reposición, al que acompaña copia del Acta de Conciliación, solicitando la nulidad de dicho Auto, y la continuación del proceso, alegando como motivo subsidiario que la empresa demandada había solicitado la suspensión de la vista. Se impugna el recurso a través del presente escrito, analizando el artículo 81 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, y las consecuencias de la falta de subsanación de los defectos procesales advertidos en tiempo y forma. El recurso de reposición se desestimó y se mantuvo el archivo de las actuaciones.

Esta falta de subsanación es únicamente imputable a la parte actora, que obvió el requerimiento que se le hizo; y el archivo acordado es la consecuencia legal necesaria de la inactividad de la parte actora, sin que la solicitud de suspensión efectuada por esta parte sea un obstáculo para acordar dicho archivo, ni constituya una causa legal de nulidad del Auto, como se pretende de contrario.

El archivo de las presentes actuaciones se ha acordado porque la parte actora no ha subsanado los defectos en que ha incurrido en la presentación de su demanda, pese a haber sido requerido para ello, y haber gozado de un plazo más que suficiente para subsanar dicho error. El hecho de que la suspensión solicitada por esta parte no se haya resuelto en el momento en que se acuerda el archivo no implica en absoluto que el Auto que se recurre adolezca de la nulidad pretendida de contrario.

Debe por tanto desestimarse el primer motivo de recurso.