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Identificador: 2021040215371700325
Estimado: Sí
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Fecha de actualización: 28/12/2022
Se excepciona la EXCEPTIO NON ADIMPLETI CONTRACTUS por no encontrarse el inmueble en las condiciones de habitabilidad pactadas en el contrato.
1 El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.
Estévez Hernández, Francisco José
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Santos Cruz, Gloria María
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García González, César
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